
Agustina Necochea Soto
Licenciada en Derecho
Universidad Diego Portales

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Equipo de abogadas chilenas especialistas en Derecho Migratorio y Derechos Humanos. Sesión presencial en Ñuñoa, online o telefónica.
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Equipo

Abogada fundadora
Especializada en Derecho Migratorio y Derechos Humanos. Lidera la estrategia de cada caso y la representación ante tribunales en recursos de amparo, protección y apelación.
Abogada
Universidad de Talca. Título otorgado por la Excma. Corte Suprema y especialización en Derecho Migratorio.


Licenciada en Derecho
Universidad Diego Portales

Asistente administrativa de gerencia

Asistente administrativa de procesos

Asistente de redes sociales
Testimonios












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Preguntas frecuentes
Información general según la Ley 21.325. Cada caso tiene matices: para saber qué aplica al tuyo, escríbenos.
Desde la notificación que otorga la Residencia Temporal tienes 120 días hábiles para descargar el Estampado Electrónico. Una vez descargado, tienes 90 días corridos para ingresar a Chile. La vigencia de tu residencia empieza a contar desde la fecha de ingreso.
Orden de abandono: se dicta tras el rechazo de una solicitud de regularización o la revocación del permiso. Se comunica por resolución exenta e indica los días para salir del país, que no pueden ser menos de 5.
Decreto de expulsión: medida de salida forzada del país para el extranjero que infringe la Ley de Migración o la ley chilena en general. Pueden dictarla el Subsecretario del Interior, el Director del Servicio Nacional de Migraciones o un tribunal competente.
Ante cualquiera de las dos notificaciones podemos evaluar y presentar los recursos que correspondan.
Quienes tengan calidad de residentes temporales por al menos 24 meses, si su solicitud de visa temporal se presentó después del 14 de mayo de 2022. Si se presentó antes de esa fecha, basta con 12 meses.
Si tu residencia temporal es por vínculo con chilena o chileno, podemos evaluar tu situación antes de cumplir 12 meses.
Pueden solicitar Carta de Nacionalización los extranjeros mayores de 18 años con más de 5 años de residencia en Chile y Residencia Definitiva vigente.
También quienes tengan Residencia Definitiva vigente, dos años de residencia continuada y alguno de estos vínculos:
Los menores de edad mayores de 14 años con Residencia Definitiva vigente y más de 5 años de residencia también pueden solicitarla.
El solicitante debe acreditar alguno de estos vínculos con una persona chilena o extranjera titular de Residencia Definitiva:
En ningún caso puede solicitarla quien haya ingresado de forma clandestina, aunque tenga alguno de estos vínculos.
Desde el 12 de mayo de 2022, quienes ingresan con permanencia transitoria no pueden cambiar de categoría migratoria. La excepción es quien cumpla los requisitos de Reunificación Familiar, es decir, un vínculo acreditable con chilena o chileno, o con residente definitivo.
Con permanencia transitoria no puedes trabajar. Si necesitas un permiso de trabajo, contáctanos para evaluar tu situación.
La ley prohíbe que migrantes irregulares, o sin autorización expresa, realicen actividades remuneradas. Sin embargo, si igualmente tienes contrato de trabajo, desde el punto de vista laboral no hay diferencia entre trabajador regular e irregular: el empleador debe cumplir las leyes laborales, previsionales, de seguridad y salud.
Tienes los mismos derechos y obligaciones que un trabajador chileno en cotizaciones, sueldo mínimo, jornada, descanso, seguridad y sindicalización.
La Ley 21.325 reconoce el interés superior del niño: todos los menores de 18 años pueden solicitar Residencia Temporal, sin importar su forma de ingreso ni la situación migratoria de sus padres o cuidadores.
Si el menor ingresó por paso no habilitado, la residencia que se le otorga no se extiende a sus familiares. Los niños no reciben sanciones administrativas, no pagan multa ni necesitan autodenuncia, y el permiso tiene costo $0.
Autodenuncia: la Declaración Voluntaria por Ingreso Clandestino es el procedimiento para que quienes ingresaron por pasos no habilitados se denuncien ante la autoridad y comience el proceso sancionatorio. Se realiza en el portal web de la PDI.
Empadronamiento biométrico: registra e identifica a las personas extranjeras que ingresaron por paso no habilitado o eludiendo el control fronterizo, con fotografía, huellas y datos personales, en el Registro Nacional de Extranjeros.
RUT provisorio: número que entregan instituciones como AFP, Fonasa o Mineduc para que puedas identificarte y recibir el servicio.
Enrolamiento: procedimiento que solicita una institución del Estado para que el Registro Civil asigne un RUN a una persona extranjera en situación irregular, utilizable en salud, previsión y educación.
Ninguno de los dos otorga residencia, estatus migratorio regular ni permiso de trabajo.
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